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Cuatro claves para regular redes sociales en Argentina y la región

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La reciente adquisición de Twitter por parte del empresario Elon Musk ha promovido la discusión pública y académica sobre las decisiones que rondan a la moderación de contenidos en las redes sociales y sus implicancias en distintos aspectos del funcionamiento de estas plataformas y de la libertad de expresión. Un trabajo de la profesora y directora del Departamento de Derecho de la Universidad de San Andrés, María L. Vázquez, analiza este problema para el caso de la región latinoamericana. El capítulo, llamado “Thoughts on the Regulation of Content on Social Media in Latin America: Authors’ Rights, Limitations and Content Filtering”, fue incluido en el libro Perspectives on Platform Regulation - Concepts and Models of Social Media Governance Across the Globe, editado dentro de la colección de Recht und Digitalisierung de Universität Münster. Fue escrito con la colaboración de María Carolina Herrera Rubio (Universidad de Antioquia) y Alejandro Aréchiga Morales (LATAM DIGITAL), que forman parte del Centro de Propiedad Intelectual e Innovación de UdeSA.

Como explican Vázquez y colegas, América Latina es una región desigual donde conviven un 38% de la población sin acceso a internet y un total de 410 millones de usuarios de redes sociales, y donde, más allá del Marco Civil de Internet sancionado en 2014 en Brasil, se carece de legislación específica sobre regulación de contenidos de redes sociales. Los autores consideran entonces cuatro elementos centrales a la hora de pensar estos temas: las obligaciones de los intermediarios de internet, la protección de los datos personales y la privacidad, el derecho al honor y la reputación, y las tendencias legales vinculadas con discurso de odio e influencers. Sobre cada aspecto, proveen ejemplos de jurisprudencia y avances regulatorios proveniente de países como Argentina, Chile, Colombia y México. Al mismo tiempo, relevan la regulación existente vinculada con la protección de la propiedad intelectual para el caso de las redes sociales, e indican que si bien la región adhiere al Convenio de Berna, hay pocas normas y las que existen han sido creadas ad hoc.

En palabras de Vázquez, Rubio y Aréchiga Morales, “cuantas más facultades da el Estado a las empresas para moderar contenidos, mayor control del debate público recae en el sector privado. Sin embargo, ¿es contraproducente que el contenido solo pueda ser moderado si el Estado lo permite? Existen modelos de moderación en comunidades en línea, donde los usuarios deciden qué tipo de contenido se debe filtrar, según el interés de mantener un diálogo sano. Idealmente, las empresas podrían mantener cierta flexibilidad para decidir qué contenido permitir en su plataforma, pero con reglas claras y transparentes. Una plataforma de redes sociales debería tener que informar al usuario las razones por las que se restringe una determinada expresión, y debería haber mecanismos de apelación. La regulación tendría que centrarse en responsabilizar el ejercicio de esa facultad”. El trabajo puede leerse completo aquí.

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